NOTICIAS QUE ME ALEGRAN EL DIA

ACTIVIDADES SALUDABLES ORGANIZADAS POR EPS/PMD

CONSEJO DE SALUD DE CASTRILLON

viernes, 8 de mayo de 2020

QUÉ SE PUEDE HACER EN FASE 1

Si el lunes entramos en FASE 1 de desescalada, y todas las personas las seguimos con responsabilidad, podremos ir avanzando a las siguientes fases y el personal sanitario (que se ha puesto en peligro, así como a sus familias) podrán ir aliviando su carga.
ESTAMOS TOD@S CANSADOS PERO ES IMPORTANTE SEGUIR LAS NORMAS POR PREVENCIÓN, no volvamos atrás!!!!

Vamos a recordar cómo se va avanzando y qué nos permirte:


ÁMBITO DE ACTUACION
FASE 1
LABORAL 
Análisis de las exigencias de Prevención de Riesgos Laborales necesarias en las distintas actividades, adaptadas al COVID19. 
PERSONAL
Establecimiento de medidas para la protección específica de todos los grupos vulnerables en el desarrollo de las medidas de alivio.
Contacto social en grupos reducidos para personas no vulnerables ni con patologías previas
Limitación de ocupación de los vehículos privados, salvo en personas que residan en el mismo domicilio que podrían ir juntos
Velatorios para un número limitado de familiares, con protocolos de distancia física y seguridad.
SERVICIOS SOCIALES
Reactivación progresiva de los servicios sociales, con atención prioritaria a colectivos más desfavorecidos, en función de las recomendaciones sanitarias establecidas. Entre ellos, y en atención a las personas con discapacidad, las terapias de atención temprana, ocupacionales, de rehabilitación y psicosociales. Atención domiciliaria y seguimiento continuo a personas mayores que no vivan en residencias.
EDUCACION Y UNIVERSIDADES
Los centros educativos abrirán para su desinfección, acondicionamiento y el trabajo administrativo y preparatorio de los docentes y personal auxiliar. 
Apertura de Universidades para su desinfección, acondicionamiento y para gestiones administrativas y de investigación. Apertura de laboratorios universitarios.
CIENCIA E INNOVACION
Reapertura gradual de aquellas instalaciones científico-técnicas que quedaron cerradas en la primera fase de la pandemia por no considerarse esenciales a corto plazo. Se podrán celebrar seminarios y congresos científicos o innovadores, respetando distancia social de más de 2 metros y de menos de 30 asistentes, 
COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 
Apertura generalizada de los locales y establecimientos comerciales que no tengan carácter de centro o parque comercial. Esto no altera la actividad de los establecimientos situados en centros comerciales a los que se ha permitido seguir abiertos al público durante el estado de alarma. 
Aforo limitado al 30%. Se garantizará una distancia mínima de 2 metros entre clientes. Cuando esto no sea posible, se permitirá únicamente la permanencia de un cliente. Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años. 
Cuando así lo proponga el ayuntamiento correspondiente, también podrán reiniciar su actividad los mercados al aire libre/venta no sedentaria (mercadillos) en la vía pública, con condiciones de distanciamiento entre puestos, y delimitación del mercado ambulante para correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad. Limitación inicial al 25% de los puestos habituales o aumento de superficie para asegurar el mantenimiento de distancia de seguridad entre los puestos y los viandantes.
HOSTELERÍA, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS
Apertura de terrazas: se limitará al 30% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal asegurando distancias. 
Podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible, respetando la proporción mesas/superficie del 30% y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública.
HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
Apertura sin utilización de zonas comunes y con restricciones, por ejemplo, en restauración, entre otras actividades, desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene.
AGRICULTURA
Apertura de actividades del sector agroalimentario y pesquero que mantenían restricciones. (*) Las actividades comerciales agrícolas y ganaderas se regirán por las reglas de comercio minorista (vino envasado, animales vivos). Los mercados de proximidad se regulan en el apartado de comercio minorista. 
ACTIVIDADES CULTURALES Y DE OCIO 
Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo)
Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo).
 Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria). Museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas. 
Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.
Producción audiovisual y rodaje de cine y series
DEPORTE PROFESIONAL Y FEDERADO
Apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, turnos. Entrenamiento medio en ligas profesionales.

DEPORTE NO PROFESIONAL
Instalaciones deportivas al aire libre sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto: atletismo, tenis). 
Actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.
LUGARES DE CULTO RELIGIOSO
Limitación de 1/3 del aforo.
MOVILIDAD URBANA Y PERIURBANA
El transporte público en entornos urbanos e interurbanos a niveles de oferta de servicios del 80- 100%. Medidas de gestión de la demanda de viajeros. Se establecerá un factor de ocupación de referencia:
MOVILIDAD TERRESTRE DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA (FERROVIARIO Y EN AUTOBÚS)
Mantenimiento de las condiciones actuales (limitación de número de servicios -oferta - de servicios al 30%). Limitación de ocupación al 50 % de los vehículos. Prohibición de catering en trenes. 
TRANSPORTE MARÍTIMO
Se mantienen las condiciones actuales, salvo que se acuerde algo diferente con las comunidades y ciudades autónomas afectadas en el grupo de trabajo. Ocupación: 50% en butaca o separación de butacas a más de 2 metros. 100% en camarotes siempre que sean ocupados por personas que residan en el mismo domicilio .

Fuente: Ministerio de Sanidad (enlace)